jueves, 7 de junio de 2007

Control del uso de bienes e implementos deportivos

Art.Nº1 : Diariamente se llevara un control inventariado de los implementos deportivos existentes, así como confeccionar el reporte de novedades en tanto se presenten.

Art.Nº2 : Por ningún motivo, la maquinaria o los implementos deportivos deben salir de las instalaciones del gimnasio, salvo en casos de reparación.

No hay comentarios: