jueves, 7 de junio de 2007

Control del uso de bienes e implementos deportivos

Art.Nº1 : Diariamente se llevara un control inventariado de los implementos deportivos existentes, así como confeccionar el reporte de novedades en tanto se presenten.

Art.Nº2 : Por ningún motivo, la maquinaria o los implementos deportivos deben salir de las instalaciones del gimnasio, salvo en casos de reparación.

Uso y cuidado de las instalaciones

Art.Nº1 : El gimnasio permanecerá abierto de las 09:00 a las 13:30 horas, de las 18:00 a las 23:00 horas y de las 090:00 a las 16:00 horas los días sabados.

Art.Nº2 : Una vez desocupado el gimnasio, el Encargado hará una revisión del estado de las instalaciones, reportando cualquier anomalía para así tomar las medidas correctivas.

Responsabilidades y obligaciones de los usuarios

Art.Nº1 : Queda estrictamente prohibido el ingreso al recinto de personas en estado de ebriedad; como así tambien queda estrictamente prohibido fumar en las dependencias del gimnasio.

Art.Nº2 : Los usuarios serán responsables por los daños ocasionados a las instalaciones y equipos deportivos, conforme lo disponen los artículos.

Art.Nº3 : Se prohíbe a los usuarios del gimnasio el ingreso y consumo de comidas y bebidas no autorizadas dentro de las instalaciones. La única bebida autorizada para consumir dentro del gimnasio es el agua o de tipo hidratante.

Art.Nº4 : Dentro de las instalaciones del gimnasio es obligatorio usar ropa deportiva y zapatillas.

Art.Nº5 : El usuario del gimnasio tiene las siguientes obligaciones:

a. Mantener el orden y aseo en el gimnasio y baños.

b. No utilizar el equipo si se ha aplicado alguna loción bronceadora o cualquier otro tipo de aceites o cremas.

c. Portar su propio paño para ser utilizado sobre las máquinas o colchonetas y limpiarles el sudor después de usarlas.

d. Reportar al Encargado cualquier daño o avería encontrada en el equipo antes de ser usado.

e. Utilizar adecuadamente las máquinas y demás equipo conforme a las especificaciones técnicas y al propósito de su diseño.

Art.Nº6 : Las personas que hagan uso de las maquinarias deben colocar en el lugar correspondiente el equipo móvil que utilizaron, una vez finalizado el ejercicio (pesas, tablas, discos, etc).